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Prueba blockchain en los tribunales europeos

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Prueba blockchain en los tribunales europeos
Photo: Laura Paredis

Los tribunales europeos han pasado de considerar los registros blockchain como una curiosidad a aceptarlos como prueba. Ese cambio es reciente, desigual y considerablemente más limitado de lo que sugiere el marketing de esta industria.

Esto es lo que ha ocurrido realmente.

Francia: la sentencia de Marsella

El 20 de marzo de 2025, el Tribunal Judicial de Marsella resolvió una disputa por falsificación entre AZ Factory (grupo Richemont) y Valeria Moda, relativa a pijamas derivados de bocetos del diseñador Alber Elbaz.

AZ Factory presentó un certificado de anclaje blockchain que contenía el hash SHA-256 de sus archivos de creación, anclado en Bitcoin en mayo y septiembre de 2021, mucho antes de que apareciera la colección en disputa. El tribunal aceptó el sello de tiempo para establecer la anterioridad y lo trató como contribuyente a acreditar la titularidad de los derechos de autor.

Los comentaristas lo describieron como el primer reconocimiento claro en Francia del sellado en el tiempo blockchain en una acción civil por falsificación.

Hay dos detalles que merecen extraerse, porque son la parte transferible:

  • Los sellos de tiempo eran anteriores al conflicto por años. Los registros creados después de que comienza un conflicto prueban mucho menos y pueden invitar a inferir que se hicieron para el litigio.
  • El registro era reproducible. Un hash anclado en una cadena pública puede ser verificado por cualquiera. Eso fue lo que permitió al tribunal tratarlo como prueba documental y no como una mera afirmación.

Fíjate en lo que no está en esa lista: la elección de la cadena. El anclaje ocurrió en Bitcoin; el razonamiento sería idéntico para Ethereum o cualquier otro registro público, porque se basa en las dos propiedades anteriores y no en el propio registro. Esto vale la pena saberlo cuando un proveedor implica que su cadena es la razón del éxito del caso.

La base de la UE: artículo 41 de eIDAS

Subyacente a cualquier decisión nacional está el Reglamento eIDAS, y traza una línea que importa.

Un sello de tiempo electrónico cualificado proviene de un proveedor de servicios de confianza cualificado auditado. El apartado 2 del artículo 41 le otorga una presunción legal sobre la exactitud de su fecha y la integridad de los datos. Esa presunción es lo que le da valor: desplaza quién tiene que probar qué.

Un sello de tiempo blockchain no es cualificado. Pero el apartado 1 del artículo 41 también es operativo: no se negará efecto legal ni admisibilidad como prueba a un sello de tiempo electrónico únicamente por estar en formato electrónico o no cumplir los requisitos cualificados.

Por tanto, la posición de la UE es: admisible, sin presunción, peso decidido según el fondo. Ese es un lugar ordinario para que se asiente una prueba, y donde vive la mayoría de los documentos.

Italia: la ley que nunca llegó

Italia legisló más lejos y entregó menos.

El artículo 8-ter de la Ley 12/2019 establece que almacenar un documento informático utilizando tecnologías de registro distribuido produce los efectos legales de un sello de tiempo electrónico bajo eIDAS. A primera vista, eso es un reconocimiento estatutario significativo.

La disposición delega las normas técnicas en AgID, la Agencia para la Digitalización de Italia, y esas normas nunca fueron emitidas. Sin ellas, el artículo se considera ampliamente no implementado, y su efecto práctico es mucho más débil de lo que implica el texto.

Cítalo como evidencia de dirección legislativa. No confíes en él como norma.

Qué significa esto en la práctica

Jurisdicción Posición Base
Francia Aceptado en una sentencia de derechos de autor de 2025 TJ Marsella, 20 marzo 2025
UE en general Admisible, sin presunción Artículo 41(1) de eIDAS
UE, sellos cualificados Presunción de fecha e integridad Artículo 41(2) de eIDAS
Italia Reconocimiento estatutario, no implementado Ley 12/2019, Art. 8-ter

El resumen honesto es que un sello de tiempo blockchain es ahora una pieza normal de prueba documental en Europa, no algo exótico. No es un registro, no es un derecho y no es decisivo por sí solo.

Para el panorama más amplio, incluyendo la práctica sustancialmente más desarrollada de China y la posición bajo las reglas de prueba de EE. UU., consulta si un sello de tiempo blockchain es válido en juicio.

Cómo hacer que cuente

Los hechos de Marsella sugieren la lista de comprobación práctica:

  1. Sellar en el tiempo antes de que haya un conflicto, idealmente en el momento de la creación.
  2. Sellar las versiones tempranas, no solo la final. Una secuencia es más persuasiva que un único archivo.
  3. Conservar los archivos originales byte a byte, ya que debes poder reproducir el hash.
  4. Utilizar un registro que cualquiera pueda verificar sin ti, para que la comprobación no dependa de que un proveedor siga existiendo.

Información general a agosto de 2026, no asesoramiento jurídico. Los resultados dependen de los hechos de cada caso.

Preguntas frecuentes

¿Ha aceptado un tribunal europeo un sello de tiempo blockchain?
Sí. El 20 de marzo de 2025, el Tribunal Judicial de Marsella aceptó hashes SHA-256 anclados en Bitcoin como prueba de anterioridad en una disputa por falsificación interpuesta por AZ Factory, parte del grupo Richemont, contra Valeria Moda, descrito por los comentaristas como el primer fallo francés claro de este tipo. Los bocetos habían sido anclados en mayo y septiembre de 2021, mucho antes del conflicto.
¿Reconoce eIDAS los sellos de tiempo blockchain?
No los trata como cualificados, pero el artículo 41(1) establece que no se puede negar efecto legal o admisibilidad a un sello de tiempo electrónico simplemente por ser electrónico o no cualificado. Por tanto, un registro blockchain es admisible en toda la UE, aunque no conlleva ninguna de las presunciones que el artículo 41(2) otorga a un sello cualificado.
¿Está en vigor la ley italiana sobre sellos de tiempo blockchain?
El artículo 8-ter de la Ley 12/2019 está en el libro, pero generalmente se considera no implementado, porque delega las normas técnicas necesarias en AgID y esas normas nunca fueron emitidas. Vale la pena citarlo como evidencia de dirección legislativa más que como una norma operativa.

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